Flecha hacia arriba

La mascarilla será obligatoria para las personas de seis años en adelante

Hoy se ha publicado en el BOE la nueva normativa para el uso de mascarillas que serán obligatorias a partir de mañana jueves 21 de mayo en la calles cuando no sea posible mantener la distancia interpersonal de dos metros.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-5142

Así, se establece que las personas de seis años en adelante deberán llevarla cuando se dé esa circunstancia en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.

«Se dispone, con carácter general, el uso obligatorio de mascarillas en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años.

Se excepcionan de esta obligación a aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla y a aquellas cuyo uso se encuentre contraindicado por motivos de salud o discapacidad. Asimismo, su uso no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas, así como en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Lo previsto en esta orden debe entenderse sin perjuicio de la necesidad de seguir cumpliendo con las recomendaciones de las autoridades sanitarias relativas al mantenimiento de la distancia interpersonal, la higiene de manos y resto de medidas de prevención.

En su virtud, con arreglo a las facultades previstas en el artículo 4.3 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, dispongo:


Artículo 1. Objeto.

La presente orden tiene por objeto regular el uso obligatorio de mascarilla por parte de la población.

A los efectos de lo dispuesto en la presente orden, se entenderá cumplida la obligación a que se refiere el apartado anterior mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca. Se observarán, en todo caso, las indicaciones de las autoridades sanitarias acerca de su uso.


Artículo 2. Sujetos obligados.

1. Quedan obligados al uso de mascarillas en los espacios señalados en el artículo 3 las personas de seis años en adelante.

2. La obligación contenida en el párrafo anterior no será exigible en los siguientes supuestos:

a) Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

c) Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.

d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.


Artículo 3. Espacios en los que resulta obligatorio el uso de mascarilla.

El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.


Disposición final primera. Régimen de recursos.

Contra la presente orden, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.


Disposición final segunda. Efectos y vigencia.

La presente orden surtirá plenos efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.

Últimas Noticias

Noticias que te pueden interesar

PatrocinadoNo

Un plan de inversiones y mejoras en la plantilla serán la base para transformar el servicio de emergencias de la Comunidad

Fuente: carm.es El preacuerdo del Consorcio de Extinción de Incendios 2026-2028 incorpora compromisos sobre planificación estratégica, organización, empleo, carrera profesional, innovación, inversión y modernización operativa El consenso alcanzado por la Administración regional y los sindicatos ha sido el resultado de más de quince meses y veinte mesas de negociación El

...

PatrocinadoNo

PatrocinadoNo

Alhama estará este sábado en aviso amarillo por tormentas

Fuente: Ayuntamiento de Alhama La AEMET advierte de que podrán producirse granizo y rachas de viento muy fuertes entre las 14:00 y las 20:00 horas El Ayuntamiento de Alhama de Murcia informa de que la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ha activado para este sábado, 1 de agosto, el aviso

...

PatrocinadoNo

PatrocinadoNo

El Ayuntamiento de Alhama refuerza la seguridad ciudadana con más inversión, nuevos agentes y mejores medios para la Policía Local

Fuente: Ayuntamiento de Alhama Leticia Pareja destaca que el municipio mantiene unos índices de criminalidad por debajo de las medias regional y nacional y subraya que la coordinación entre Policía Local y Guardia Civil ha garantizado en todo momento la atención a la ciudadanía La concejala de Seguridad Ciudadana del

...

PatrocinadoNo

PatrocinadoNo

El Gobierno municipal activa un plan de inversiones de más de 3 millones de euros para renovar calles, redes y alumbrado

Fuente: Ayuntamiento de Alhama El Gobierno local reforzará la renovación de calles, redes de agua y alumbrado, financiará todos los proyectos de los Presupuestos Participativos. El Gobierno municipal ha presentado los principales asuntos que llevará al Pleno ordinario de julio, entre los que destaca la incorporación de más de tres

...

PatrocinadoNo