Se suspenden de forma temporal las autorizaciones de quema y el uso del fuego en áreas recreativas
Se establece el período de peligro alto de incendios forestales entre el 15 de mayo y el 30 de septiembre
La Dirección General de Medio Ambiente, dependiente de la Consejería de Agricultura y Agua, ha adelantado al 15 de mayo la prohibición del uso de fuego a menos de 400 metros de los terrenos forestales, dadas las especiales condiciones adversas de sequía, estrés hídrico y disponibilidad del combustible forestal.
Por todo ello, se suspenden de forma temporal las autorizaciones de quema, así como el uso del fuego en áreas recreativas o similares con combustible vegetal y/o gaseoso, además del lanzamiento de fuegos artificiales en zona forestal o en ámbito inmediato de los 400 metros a dichas zonas.
No obstante, la suspensión temporal propuesta no tendrá eficacia respecto de aquellas autorizaciones que la Dirección General de Medio Ambiente pueda emitir para prevenir o paliar daños causados por plagas y enfermedades, o evitar otros riesgos de mayor gravedad, bajo medidas extraordinarias de prevención.
Así, entre el 15 de mayo y 30 de junio y entre el 1 de septiembre y 30 de septiembre, se podrán autorizar si existe riesgo fitosanitario (para prevenir o paliar plagas), principalmente sobre restos de frutales de hueso, almendro y hortícolas. En estos casos el interesado deberá presentar una solicitud concreta en las Oficinas Comarcales Agrarias, desde donde se realizarán inspecciones de comprobación.
Las actuales condiciones pueden favorecer de manera importante la evolución negativa de un posible conato de incendio, por lo cual se establece el período de peligro alto de incendios forestales entre el 15 de mayo y el 30 de septiembre.