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viernes 03 de mayo del 2024

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Hasta el 31 de agosto está en marcha la campaña de vacunación antirrábica 2023

Lali Salas, concejala de Bienestar Animal junto al veterinario, Ángel Roa, informaron sobre las diversas cuestiones que deben tener en cuenta los propietarios de animales de compañía.

La edil recordó que la campaña tiene como fin incrementar “las medidas preventivas de control de la rabia y vacunar a la totalidad de perros, gatos y hurones residente en el municipio”.

Por su parte, el profesional del área destacó la importancia de diagnosticar y controlar las enfermedades de los animales a fin de protegerlos. Añadió que una vez que los animales se llevan a las diversas clínicas veterinarias del municipio, también se les chequea para evitar otras enfermedades como la hidatidosis y la lesishmaniosis. 

La ocasión también sirvió para recordar la obligación de instalar microchip en los animales a fin de evitar el abandono de los animales, así como la necesidad de contar con licencias si el animal es potencialmente peligroso.

Además, durante estos dos meses el precio, tanto en vacunación como en implantación de microchip, se reduce respecto al resto del año.

Las clínicas veterinarias que colaboran en la campaña con el Ayuntamiento son Cachorros, Tucán Vetersalud y Centro Veterinario Alhama.

¿Qué es la rabia? 

La rabia, también conocida como hidrofobia porque produce horror al agua, se produce por la infección de un virus con forma de bastoncillo que infecta el sistema nervioso central y produce encefalitis aguda. Ataca a mamíferos, tanto salvajes como domésticos, incluido el ser humano. En las zonas naturales el murciélago es el principal vector de la rabia, mientras que en las zonas urbanas lo es el perro. La mejor manera de prevenir la propagación de esta enfermedad es la vacunación de estos animales. 

• Desde junio de 2013 está declarada oficialmente la rabia en España como erradicada, así como en otros países de la Unión Europea. El último caso oficialmente reconocido tuvo lugar ese año en Toledo. 

• A los animales vacunados por primera vez se les entregará una tarjeta sanitaria oficial. 

• Si la vacunación es la segunda o posteriores el dueño del animal deberá ir provisto de la correspondiente tarjeta sanitaria. 

• Los animales que cumplan la edad mínima de vacunación tras la finalización de la campaña podrán acudir a cualquiera de las clínicas citadas para, sin sanción alguna, proceder a la misma. 

• A partir de la fecha de finalización de la campaña todos los perros cuyos dueños no posean la tarjeta sanitaria de vacunación ni el microchip, podrán ser recogidos como vagabundos. Por supuesto, no podrán circular por la vía pública si no van amparados por la tarjeta sanitaria debidamente diligenciada. 

• La no vacunación o la no realización de tratamientos obligatorios está considerada como una infracción grave y puede ser sancionada con multa de entre 300 y 2.400 euros. 

Implantación de microchip 

• La identificación de los perros deberá realizarse OBLIGATORIAMENTE mediante la implantación de un microchip, el cual se coloca normalmente en el lado izquierdo del cuello del animal, junto a la oreja. Ese microchip contiene un código que permite identificar al animal y a su dueño. El momento de la vacunación puede ser el más adecuado para implantar este sistema de identificación.

 • Es obligatoria a partir del tercer mes de vida o al cabo de un mes después de su adquisición (siempre y cuando el animal tenga ya cumplidos los meses de edad que correspondan según la especie). 

• La no identificación del animal es una infracción grave y puede ser sancionada con multa de entre 1.501 y 6.000 euros. 

Localización de un perro 

• Esta es una de las ventajas del microchip: localizar al dueño de un perro abandonado o perdido o localizar quién puede tener a un perro desaparecido. 

• Perro abandonado o perdido: La Policía Local o la empresa dedicada a la recogida de perros abandonados o perdidos identifican al animal a través del código de su microchip y realizan su búsqueda en el censo de perros de Alhama de Murcia. Así también se localiza a su dueño. 

Las cacas de perro 

• La normativa obliga al propietario de un perro a retirar sus excretas de la vía pública. Es una cuestión higiénico-sanitaria de trascendental importancia, no ya sólo por cuestiones estéticas o por los riesgos de caída o suciedad para otros viandantes, sino también porque las heces son refugio de numerosos microorganismos patógenos. 

• Dado que la normativa prohíbe la circulación de un perro por la vía pública sin correa o cadena y sin estar sujeto por su propietario o poseedor, no se puede liberar al perro de casa para que realice sus necesidades fisiológicas sin control en cualquier lugar. 

• La retirada de las heces que deposita en la vía pública un perro no cuesta dinero alguno a su propietario. Sin embargo, la multa por no retirarla oscila entre 301 y 750 euros. Por tanto, recoger la caca del perro es como recoger 300 euros. 

Animales peligrosos 

• Diversas razas y tamaños de perros están catalogadas como potencialmente peligrosas. Quien es propietario de un perro con esas características tiene que poseer obligatoriamente la denominada Licencia Municipal de Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. 

• Se solicita en el Ayuntamiento y para obtenerla hay que presentar diversos documentos, entre otros un certificado de penales, que lo tramita el propio Ayuntamiento, y un seguro de responsabilidad civil. 

• Por la concesión de la licencia el Ayuntamiento cobra 35 euros. La multa por no tenerla oscila entre 2.404 y 15.025 euros. 

Normativa 

• De la tenencia de animales de compañía, es decir, todo lo que tiene que ver con la compra de un animal, su identificación, sus vacunaciones, la circulación por los espacios públicos, etc.: Ley regional 6/2017, de Protección y Defensa de los Animales de Compañía, Ley estatal 50/1999, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, reales decretos 287/2002 y 1.570/2007, que desarrollan esa Ley, y Ordenanza Municipal sobre Protección y Tenencia de Animales de Compañía, de 1998, modificada en 2002. El 29 de septiembre entrará en vigor la nueva Ley estatal 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales. 

• De la retirada de las heces de la vía pública, la Ordenanza Municipal de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales, de 2012. 

• Estas normas están a disposición de quien las desee consultar en la concejalía de Bienestar Animal del Ayuntamiento de Alhama. Las ordenanzas municipales están disponibles en la web www.ayuntamiento.alhamademurcia.es.

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