La concejalía de Hostelería del Ayuntamiento de Alhama ha lanzado una segunda convocatoria de ayudas para aquellos negocios del sector afectados por la crisis de la pandemia de la Covid-19, que se han visto obligados a reducir sensiblemente sus ventas anuales.
Se trata de una nueva oportunidad para bares y restaurantes del municipio, tras la primera línea lanzada el pasado mes de abril con un presupuesto de 200.000 euros. Desde que se abrió el plazo de solicitud hasta la fecha, se han aprobado en diferentes sesiones de la Junta de Gobierno Local las siguientes concesiones:
JGL de 25/05/2021, se conceden ayudas a 25 hosteleros por un importe total de 36.142,07 €
JGL de 01/06/2021, se conceden ayudas a 9 hosteleros por un importe total de 17.014,44 €
JGL de 08/06/2021, se conceden ayudas a 10 hosteleros por un importe total de 16.198,85 €
JGL de 15/06/2021, se conceden ayudas a 8 hosteleros por un importe total de 15.625,32 €
JGL de 22/06/2021, se conceden ayudas a 6 hosteleros por un importe total de 12.193,78 €
JGL de 13/07/2021, se conceden ayudas a 6 hosteleros por un importe total de 12.515,65 €
JGL de 20/07/2021, se conceden ayudas a 3 hosteleros por un importe total de 4.120,20 €
Por tanto, en esta convocatoria se han aprobado subvenciones a un global de 67 empresas de hostelería, por un importe total de 113.810,31 €.
Teniendo conocimiento de que diversos establecimientos se han quedado fuera de esta primera convocatoria, y dado que después de cerrarse tanto el plazo de solicitud como la convocatoria, queda un remanente de tesorería que es la diferencia entre la cantidad destinada a este fin en la partida presupuestaria de 200.000 €, y las ayudas finalmente concedidas por 113.810,31 €, por tanto el remanente asciende a 86.189,69 €, desde el área de Hostelería se abre una nueva oportunidad, con las mismas bases que ya se aprobaron el JGL de fecha 13 de abril de 2021.
La concejala Leticia Pareja ha destacado que «consumir en los establecimientos de hostelería y comercio de proximidad es una buena fórmula para contribuir a la recuperación local. El dinero que se invierte en las tiendas y establecimientos hosteleros del municipio sigue circulando por el mismo contribuyendo a la prosperidad económica del entorno más próximo. Ese beneficio revierte a favor de los vecinos y vecinas locales».
Cambios en las bases con respecto a la anterior convocatoria
Punto 5. Presupuesto de la subvención y cuantía
Donde decía “El importe destinado a la subvención se encuentra en el presupuesto municipal en la partida nº 430.47900 con un importe de 200.000 €” debe decir “El importe destinado a la subvención se encuentra en el presupuesto municipal en la
partida nº 4310.47900 con un importe de 86.189,69 €”.
Donde decía “4º Tramo que se aplica exclusivamente a aquellos establecimientos hosteleros que realicen cualquier tipo de inversión relacionada con los efectos derivados de la situación de crisis sanitaria (por ejemplo, mamparas, estufas para terrazas, sistemas de desinfección, instalaciones de renovación de aire, mesas y sillas para terrazas, sombrillas o toldos para terrazas, jardineras u otros para delimitar terrazas…) El 80% de toda la inversión que se considere subvencionable en este concepto por parte de los técnicos del Ayuntamiento con un límite de 1.000 € de subvención, realizada entre el 14 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2021” debe decir “4º Tramo que se aplica exclusivamente a aquellos establecimientos hosteleros que realicen cualquier tipo de inversión relacionada con los efectos derivados de la situación de crisis sanitaria (por ejemplo, mamparas, estufas para terrazas, sistemas de desinfección, instalaciones de renovación de aire, mesas y sillas para terrazas, sombrillas o toldos para terrazas, jardineras u otros para delimitar terrazas…) El 80% de toda la inversión que se considere subvencionable en este concepto por parte de los técnicos del Ayuntamiento con un límite de 1.000 € de subvención, realizada entre el 14 de marzo de 2020 y el último día de plazo de la convocatoria”.
Punto 6. Procedimiento de concesión. Punto 6.1.1 d)
Donde decía “d) Facturas y justificantes de pago de las inversiones realizadas establecidas en el 4º tramo de las ayudas, o facturas proforma o presupuesto de las inversiones previstas. En este caso, la documentación justificativa del gasto y el pago correspondiente a este concepto se presentará en un plazo de 30 días naturales a partir del 30 de junio de 2021” debe decir “d) Facturas y justificantes de pago de las inversiones realizadas establecidas en el 4º tramo de las ayudas”.