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Ya puedes solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) a través de la sede electrónica de la Seguridad Social

Desde el pasado lunes 15 de junio lunes, los vecinos de Alhama pueden solicitar el ingreso mínimo vital, la nueva prestación aprobada por el Gobierno «para reducir el nivel de pobreza y exclusión». Estas ayudas se podrán pedir a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.


Se trata de un conjunto de medidas articuladas en torno a una nueva prestación de la Seguridad Social que garantizará unos ingresos mínimos mensuales a hogares en situación de especial vulnerabilidad. El IMV pretende corregir los problemas estructurales de acceso a oportunidades de formación y empleo, lo que ocasiona una gran desigualdad.

Entre los requisitos figura la vulnerabilidad económica, que el titular tenga entre 23 y 65 años (salvo cuando haya menores a cargo), tener más de un año de residencia legal y efectiva en España o que el patrimonio, una vez descontada la vivienda habitual, sea inferior a tres veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal.


La documentación que debe presentar es la siguiente: 

  •   Acreditación de la identidad (DNI/NIE).•  
  • Acreditación de la residencia legal en España.• 
  •  Certificado de empadronamiento colectivo e histórico donde consten todas las personas y fechas empadronadas en el domicilio, y la fecha de antigüedad.•  Libro de familia que acredite la filiación de las personas que forman parte de la unidad de convivencia.• 
  •  Declaración responsable ingresos y patrimonio •  
  • Otra documentación que pueda ser necesaria en determinados casos (sentencia de guarda y custodia, convenio regulador, copia de la demanda de separación o divorcio…
  • Para la correcta admisión y trámite de la prestación IMV deberá realizarse a través de los canales específicos que el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha puesto a disposición del ciudadano, que deberá realizarse de manera preferentemente telemática (ante el cierre actual de los CAISS) por los siguientes canales habilitados:

Si dispone de certificado electrónico o Cl@ve podrá solicitarlo a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social adjuntando la solicitud y la documentación necesaria. Este servicio puede ser también utilizado por otra persona que disponga de certificado electrónico o Cl@ve y que podrá actuar en calidad de representante del interesado.

Si no dispone de certificado digital o Cl@ve podrá utilizar el servicio habilitado en la Sede Electrónica que no precisa certificado. Se abrirá un formulario donde se cumplimentarán los datos del solicitante y de los posibles beneficiarios que formen parte de la unidad de convivencia y se permitirá adjuntar la documentación necesaria.

Correo postal

Presencialmente solo con cita previa en un centro de atención e información de la Seguridad Social

Enlace a servicio de solicitud
Para facilitar la realización de los trámites sin pérdida de derechos económicos, inicialmente y con carácter excepcional, las solicitudes que se presenten durante los 3 primeros meses desde el 15 de junio (fecha a partir de la cual pueden presentarse las solicitudes) y que sean resueltas favorablemente, tendrán efectos económicos desde eldía 1 de junio.
Se puede obtener toda la información acerca del Ingreso Mínimo Vital (requisitos, importe, vías de solicitud…) a través de la página web www.seg-social.es, donde se han puesto a disposición de los ciudadanos los siguientes servicios:

  • Un nuevo apartado sobre el Ingreso Mínimo Vital con información detallada de la regulación de la prestación.
  • Un apartado específico sobre el ingreso mínimo vital con preguntas frecuentes en el espacio de consultas de la web.
  • Un simulador con el que comprobar si se cumplen los requisitos para percibir el Ingreso Mínimo
  • Un apartado con información básica sobre esta nueva prestación en el asistente virtual de la web de la Seguridad Social.
  • Un teléfono de información gratuito en el 900 20 22 22 en horario de 09:00 a 14:30 horas.
  • Puede encontrar la información de los puntos anteriores ampliamente desarrollada haciendo click AQUÍ.

Resuelve todas tus dudas sobre esta prestación ⤵️https://cutt.ly/QuO7fKV
Y aquí una guía explicativa ⤵️https://cutt.ly/yuO7hfq

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